← Inicio
1 / 8
Tema 2 · Seminario NI II

Regulación gubernamental, gobernanza y nuevo institucionalismo

¿Para qué regular? ¿A quién beneficia?

Interés público Interés privado

Prof. Juan Carlos Barrón Pastor · FCA UNAM · 2026-2

¿Qué es la regulación?

En sentido amplio, la regulación es el conjunto de reglas e intervenciones gubernamentales que buscan influir en el comportamiento de actores económicos y sociales.

Regulación económica: Controla precios, entrada al mercado, condiciones de servicio (telecomunicaciones, energía, banca).
Regulación social: Protege salud, seguridad, medio ambiente, derechos del consumidor, condiciones laborales.
  • Regulación directa: Leyes, normas, estándares obligatorios (command-and-control).
  • Regulación indirecta: Incentivos fiscales, mercados de emisiones, certificaciones voluntarias.
  • Autorregulación: Códigos de conducta de industria, estándares internacionales (ISO).

Teorías de la regulación

  • Teoría del interés público: La regulación corrige fallas de mercado (monopolios, externalidades, asimetría de información). El Estado actúa como árbitro imparcial.
  • Teoría de la captura regulatoria (Stigler, 1971): Los regulados "capturan" al regulador. Las industrias obtienen regulación favorable a sus intereses, no al público.
  • Teoría económica de la regulación: Oferta y demanda de regulación — los políticos ofrecen regulación a cambio de apoyo político.
  • Nuevo institucionalismo: Las instituciones (formales e informales) moldean el comportamiento. Path dependence: es difícil cambiar trayectorias regulatorias establecidas.
"As a rule, regulation is acquired by the industry and is designed and operated primarily for its benefit." (Stigler, 1971, p. 3)

Traducción libre: Como regla general, la regulación es adquirida por la industria y está diseñada y operada principalmente para su beneficio.

De gobierno a gobernanza

La regulación ya no es solo asunto del Estado-nación. El concepto de gobernanza captura esta complejidad:

  • Gobernanza multinivel: Local → Nacional → Regional → Global. Cada nivel interactúa y a veces se contradice.
  • Multi-actor: Gobiernos + empresas + ONG + organismos internacionales + sociedad civil.
  • Soft law: Directrices, recomendaciones, estándares voluntarios (Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y DDHH).
  • Chirico (2014): "Who gets what, when and how" — la gobernanza global como distribución de poder y recursos entre actores desiguales.
Dificultad central: ¿Cómo definir el "interés público" cuando hay múltiples actores con intereses divergentes? ¿Quién decide qué se regula y qué no? (Eisner et al., 2018)

Nuevo institucionalismo

  • Instituciones formales: Leyes, constituciones, tratados, regulaciones escritas.
  • Instituciones informales: Normas sociales, costumbres, cultura organizacional, redes de poder.
  • Path dependence (dependencia de la trayectoria): Decisiones pasadas condicionan las opciones futuras. Cambiar una regulación arraigada es costoso política y económicamente.
  • Isomorfismo institucional: Las organizaciones se vuelven similares — por imitación, por presión regulatoria o por normas profesionales.

Baldwin, Cave y Lodge (2012) exploran por qué regulamos: la justificación normativa (fallas de mercado, derechos) vs. la explicación positiva (intereses, poder, inercia).

Casos relevantes

  • T-MEC / USMCA: Mecanismo de regulación trilateral con capítulos sobre trabajo, medio ambiente, propiedad intelectual, comercio digital.
  • Regulación financiera post-2008: Basilea III, Dodd-Frank Act — ¿regulación efectiva o captura persistente?
  • Acuerdo de París: Gobernanza climática: compromisos voluntarios (NDCs), sin mecanismos de sanción efectivos.
  • GDPR (UE): La Unión Europea como potencia regulatoria — el "efecto Bruselas" (Anu Bradford): la regulación europea se exporta al mundo.
Para reflexionar: México como tomador de reglas (rule-taker) vs. hacedor de reglas (rule-maker). ¿Cuánta autonomía regulatoria real tiene un país en desarrollo dentro de tratados como el T-MEC?

Preguntas para la reflexión

  1. ¿Es posible regular en favor del interés público sin que intervengan intereses privados? ¿Existe realmente un "interés público" unitario?
  2. ¿Cómo explica la teoría de Stigler la influencia de las grandes tecnológicas en su propia regulación?
  3. ¿Qué ejemplo conoces de path dependence en regulación mexicana o internacional?
  4. ¿La gobernanza global puede ser democrática, o es inevitablemente tecnocrática y elitista?
  5. ¿Qué diferencias encuentras entre las visiones de Chirico, Eisner y Baldwin sobre la regulación?

Referencias

  • Eisner, M. A., Worsham, J., Ringquist, E. J., & Nestor, F. (2018). A primer on regulation. En Contemporary regulatory policy (3.ª ed.). Lynne Rienner.
  • Baldwin, R., Cave, M., & Lodge, M. (2012). Explaining regulation. En Understanding regulation: Theory, strategy and practice (2.ª ed.). Oxford University Press.
  • Chirico, J. (2014). Who gets what, when and how: Global governance. En Globalization, prospects and problems. Sage.
  • Stigler, G. J. (1971). The theory of economic regulation. The Bell Journal of Economics and Management Science, 2(1), 3–21.
  • Stiglitz, J. E. (2000). La economía del sector público (3.ª ed.). Antoni Bosch.
  • Bradford, A. (2020). The Brussels effect: How the European Union rules the world. Oxford University Press.

Seminario de Negocios Internacionales II · FCA UNAM · 2026-2